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Reflexiones sobre la relación médico-paciente por el Día Mundial de la Ética Médica

Reflexiones sobre la relación médico-paciente por el Día Mundial de la Ética Médica

El 18 de septiembre se celebra el Día Mundial de la Ética Médica, en el que se rinde homenaje a los principios éticos que rigen la profesión médica. La creación de esta efeméride fue por iniciativa de la Asociación Médica Mundial(AMM), durante la Asamblea General N°54, celebrada en la ciudad de Helsinki en el año 2003.

La AMM se fundó el 18 de septiembre de 1947, un mes después del juicio por crímenes de guerra a los médicos alemanes en Nuremberg, debido a la necesidad de establecer una organización médica internacional para abordar los temas vinculados a la ética médica, entre otros.

Esta Asociación recuerda que “la autonomía profesional y la independencia clínica no deben darse por sentadas, ya que las mismas están siendo amenazadas debido a la cada vez mayor mercantilización de la medicina”.

La Asamblea Nacional de Homeopatía (ANH) ha solicitado a su grupo de trabajo de ética unas reflexiones sobre los que implica la Ética Médica para los profesionales de la salud y los ciudadanos en general. A continuación, compartimos algunas de ellas, en relación con aspectos de gran relevancia en la actualidad.

La ética en la investigación

Dra. M.ª Jesús Pita Conde

El ejercicio de la medicina ha planteado siempre problemas éticos. En el ámbito de la investigación, ¿qué aspectos éticos relevantes pueden interesarnos como médicos?

Me parece fundamental destacar la importancia de los avances en la relación médico-paciente, ya que gracias a las reivindicaciones y a cómo han exigido respeto a sus derechos, se ha cambiado la tradicional relación vertical del médico con el paciente para dar paso a una relación más simétrica.

El consentimiento informado consciente debe comprender tres elementos: información, comprensión y voluntad. La valoración de riesgos y beneficios, por su parte, necesita un cuidadoso examen de datos relevantes, incluyendo, en algunos casos, formas alternativas de obtener los beneficios previstos en la investigación.

Dado que los riesgos y los beneficios de la investigación pueden afectar al propio individuo, a su familia o a la sociedad en general (o a grupos especiales de sujetos en la sociedad), quienes toman las decisiones, para justificar la investigación, han de ser muy cuidadosos en el proceso de acumulación y valoración de la información en todos los aspectos de la investigación, y tienen que considerar alternativas de manera sistemática.

La valoración de la justificación del experimento debería reflejar, entre otras, las siguientes consideraciones:

  • Los riesgos deberían quedar reducidos a los estrictamente necesarios para obtener el fin de la investigación.
  • Cuando la investigación lleva consigo un riesgo que indica un perjuicio serio, los comités de revisión deberían ser especialmente insistentes en la justificación de los riesgos.
  • Cuando el sujeto de la investigación lo constituyen grupos vulnerables, se debe demostrar la conveniencia de su participación.
  • Los riesgos y beneficios deben ser fielmente recopilados en los documentos y procedimientos que se emplean en el proceso de obtención del consentimiento informado.
  • Abogo por una relación simétrica y trasversal en la toma de decisiones en la relación médico-paciente. Lo que conocemos como toma de decisiones compartidas, una forma de trabajar por una medicina cuidadosa y amable.
  • La toma de decisiones compartida se produce cuando los profesionales de atención médica y los pacientes trabajan juntos para decidir la mejor manera de hacer pruebas y tratar los problemas de salud.

Hoy en día, en ocasiones, nos encontramos con personas que se interesan y participan de forma activa en la toma de decisiones en relación con la salud.  Desde la comunidad científica y desde la propia sociedad se valora la atención centrada en el paciente, pero parece que no disponemos de todos los elementos para llevarla a cabo.

En inglés “shared decision making”, se refiere a un planteamiento que reúne determinadas medidas de índole médica en beneficio de todas las partes. Es una actitud de respeto por los derechos de los pacientes. Busca un acuerdo médico-paciente para determinar que se hará y cuál será la elección del camino a seguir.

Como conclusión diría que como médicos mantengamos el valor y la cualidad de la perseverancia y así lograr integrar en nuestra práctica profesional, el respeto de los principios de la bioética sin importar las dificultades que se presenten.

La decisión sobre la propia salud

 Dr. José Luis Espejo Lozano

¿Como conjugar una medicina científica con la excelencia de una medicina humana y compasiva?

El método científico es limitado y el actual conocimiento científico también loes. Ante la decisión de emprender la búsqueda por otras vías para complementar el tratamiento convencional, con la intención de buscar la curación o mejorar el pronóstico, la ciencia no puede decir nada.

Una vez ha establecido el diagnóstico e informado de los pronósticos en todos los escenarios posibles, ya no le corresponde a la ciencia ninguna autoridad en la toma de decisión final de la persona. Dicha decisión es moral, no científica. La ciencia no sabe lo que es mejor o peor para cada individuo y, sin embargo, la decisión sobre la propia salud y la propia vida es, sin duda, la más importante de todo proceso medico desde un punto de vista humano.

Así pues, las prácticas en terapias médicas no convencionales confluyen también en el terreno de la bioética, que trata de las elecciones morales relacionadas con la salud, el tratamiento de la enfermedad y la vida.

El método científico ha sido y sigue siendo una herramienta tremendamente útil para el avance del conocimiento, pero la visión reduccionista del mismo transmite una imagen amputada de la realidad que impide llegar a la verdad de todos los hechos.

La ciencia es el modo en el que gestionamos una pequeña parte de lo que percibimos de la realidad y reconocer ese hecho nos exige humildad y prudencia.

La medicina como profesión es variable ya que la variabilidad es consustancial a la vida y no hay dos caras iguales, tampoco hay dos organismos iguales, ni dos personas reaccionan igual, ni se comportan por igual en las mismas condiciones anormales que nosotros conocemos como enfermedades.

Los protocolos y las guías de práctica clínica son muy útiles, pero no deben imponerse más allá de lo razonable.

La guía del médico tiene que ser, siempre, la excelencia profesional.

La excelencia profesional, con una percepción holística, corresponde a la manifestación máxima del médico como ser humano y como científico, en la que surge como modelo de competencia, coherencia y sabiduría. En este nivel, el médico desarrolla un conocimiento profundo de sí mismo y de sus pacientes y favorece la integración de la ciencia con la conciencia y de ésta, con la naturaleza. Se empeña en despertar en el paciente condiciones que le posibiliten mejorar o curar los males a partir de su propia esencia. Esta tarea exige que el médico sea un maestro, que pase a ser una referencia, no por sus títulos académicos, sino por su sabiduría interior y por el bien que proporciona. Su saber traspasa los límites de lo científico. Es lo que llamamos el arte de curar.

En ese nivel, la actividad intelectual del médico va mucho más allá de la visión lineal y también de la visión humanística para incluir el holos, el todo universal donde el ser humano se inserta, con todas sus dimensiones. Es entonces cuando hablamos de un modelo médico holográfico y relacional.

En la excelencia hay un empeño en actuar con amor y compasión, en sentido de proporcionar alivio al sufrimiento del otro.

Deberíamos en el día a día de nuestro trabajo, insistir en la correcta formación humanista y científica, en la relación médico-paciente, en la experiencia y la ética que permitirá desarrollar la competencia. Lo que debe ser prioritario en la práctica de nuestra profesión es lograr que el paciente mejore; hay diferentes enfoques y técnicas eficaces para el tratamiento de la enfermedad y el paciente bien informado debe tener libertad para elegir sobre su propia salud. El médico ha de ayudarle con excelencia, humildad y compasión.

El intrusismo profesional: qué es, tipos y posibles causas

Dr. Francisco Fernández Guisasola

El intrusismo profesional está tipificado en nuestro ordenamiento jurídico por el artículo 403 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal (modificado por el punto 205 del artículo único de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, BOE de 31 marzo, en vigor desde el 1 julio 2015), que dice textualmente:

«1. El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses.

»2. Se impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años si concurriese alguna de las siguientes circunstancias:

»a) Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido.

»b) Si el culpable ejerciere los actos a los que se refiere el apartado anterior en un local o establecimiento abierto al público en el que se anunciare la prestación de servicios propios de aquella profesión».

Podemos dividir el intrusismo en tres apartados:

1.- Intrusismo entre médicos: se da cuando un colegiado practica o anuncia una especialidad que no tiene.

2.- Intrusismo de otros profesionales sanitarios: se da cuando un profesional sanitario no titulado en medicina se excede en sus funciones y realiza diagnósticos o prescribe tratamientos para los que no está legalmente capacitado.

3.- Intrusismo de medicinantes: de una parte, están los curanderos tradicionales, que históricamente siempre han existido en todas las culturas y que actualmente suponen un porcentaje mínimo. De otra, los autodenominados «terapeutas» o «naturópatas» que, no teniendo conocimientos reglados de anatomía, fisiología, patología y farmacología, «prescriben» tratamientos. Generalmente son personas cuya única formación se limita a distintos cursillos o seminarios (muchas veces de pocos de fines de semana), con titulaciones carentes valor oficial; otras veces se trata de simples «autodidactas». Con esos tratamientos, por una parte pueden existir incompatibilidades y/o interacciones con los tratamientos médicos; por otra parte —y mucho más grave—, a veces se atreven a indicar la suspensión de los tratamientos pautados por médicos. Todo ello, sin tener la formación suficiente (ni la capacidad legal) para realizar un correcto diagnóstico —ni un diagnóstico diferencial— y poniendo con ello en peligro la salud y el pronóstico de quienes a ellos acuden.

Posibles causas de la existencia de este intrusismo:

  • La masificación de la sanidad pública con las largas listas de espera y el poco tiempo dedicado a cada paciente.
  • El alto coste de los medicamentos (sobre todo los más novedosos), el copago y que cada vez hay más medicamentos no financiados.
  • El gran paro existente en nuestra sociedad, que «invita» a buscarse la vida en autoempleos de cualquier índole (y las ofertas de distintas «academias» que pregonan que con su «diploma» se puede abrir inmediatamente una consulta).
  • La tendencia en parte de la sociedad a una vuelta a la naturaleza y la moda de «lo natural» con el falso paradigma de que «natural es igual a sano o a inocuo».
  • El que las autoridades a menudo están más preocupadas por la recaudación que por la salud de los ciudadanos, prefieren incluir un epígrafe fiscal en el que estos intrusos se pueden dar de alta en el IAE para abrir su «“consulta”» y, sin embargo, han evitado regular la formación y titulación necesaria para abrir estos «centros»; y, cuando lo han hecho, no se han mostrado muy activos a la hora de cerrar los que no cumplen con la legislación.

El problema real es que actualmente hay en España varios cientos de miles de «profesionales» que viven de este tipo de consultas, por lo que su regulación —real y clara— y el cumplimiento estricto de la legalidad vigente implicaría un importante problema social que ningún gobierno parece dispuesto a asumir. Y todo ello a pesar de las distintas recomendaciones y directivas tanto de la UE como de la OMS.

El derecho a la autonomía del paciente

Dra. Isabel Romero de la Osa

Los medios de comunicación son un vehículo de información cuyos mensajes impactan en millones de personas llegando a influenciar su comportamiento o decisiones, también en el ámbito de la salud.

Se anuncian medicamentos para evitar y tratar la caída del cabello, la acidez de estómago, los dolores musculares, el insomnio… etc. En muchos de esos anuncios se indica “en caso de duda consulte a su médico”, con lo que el anunciante salva su responsabilidad si quien lo utiliza presenta efectos indeseables relacionados con el producto en cuestión.

Quien sigue esos consejos puede dudar sobre su veracidad y, o consultar a su médico como se les aconseja, o arriesgarse más o menos conscientemente a sufrir daños o ser “engañados”.

Esto es aplicable también a los mensajes en torno a una terapia concreta. Así, si se les habla mal de una terapia pueden repudiarla y si se les aconseja otra aceptarla sin dudar.   

Entramos a menudo en estos casos en una doble falta de ética: delito contra la ética médica y delito contra la ética de la información. En el caso de la ética médica se atenta contra el derecho de autonomía del paciente.

La ley de autonomía del paciente dice:

 En el punto 3 del artículo 2: “El paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles”

Siendo que todos y cada uno de los ciudadanos tiene derecho a decidir libremente qué actitudes debe tomar respecto a su salud y la de las personas que dependan de él, esa decisión no puede ser considerada libre si la información que recibe es parcial o falseada.

¿Y cuál es esa información adecuada y necesaria para respetar el derecho de autonomía del paciente?

El punto 1 del artículo 4 de dicha Ley es clara: “…. La información comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias

Por tanto, debe ser considerado delito contra la ética médica y sobre el derecho a la autonomía del paciente la información parcial por omisión de datos y la falsificación en la información.

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